Buenos días,
El Servicio de Seguridad Alimentaria remite, escrito relativo a la modificación de la normativa sobre el sacrificio de urgencia fuera del matadero (adjunto).
La normativa vigente (adjunta), establece dos requisitos para la realización de un sacrificio de urgencia en la explotación:
- Que el animal no sea apto para transporte, según el Anexo I Capítulo I del Reglamento (CE) 1/2005.
- Que un veterinario, oficial o habilitado, realice la inspección ante mortem y considere su carne apta para consumo humano.
El escrito enfatiza en la necesidad de que los agentes certificadores deberán reflejar fielmente en la certificación zoosanitaria que acompaña a los animales a matadero cuando se realiza un sacrificio de urgencia, los hallazgos de esta inspección, así como el dictamen de aptitud para el sacrificio con destino consumo humano.
Un saludo,